REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, seis de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AH15-S-2008-000632
I
Comparece por ante este Juzgado, la ciudadana: CARMEN JOSEFINA TUPANO DE CASTRO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número: V-3.711.615, debidamente asistida en este acto por el ciudadano WILLIAMS ARISTIDES REBOLLEDO MARTINEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.500, mediante el cual solicita la declare a ella y a los ciudadanos: EDGAR ARMANDO, JESUS ERNESTO, FREDDY HUMBERTO y MARCOS ANTONIO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-10.521.510, V-6.331.788, 6331.787 y 6.272.364, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del De Cujus GERONIMO ANTONIO CASTRO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
En fecha 14 de noviembre de 2008, se admitió la solicitud y se insto a la parte solicitante a consignar copias certificadas de las actas de nacimiento de sus hijos, por cuanto se evidencia que dichos recaudos se encuentran en copias simples.-
En fecha 08 de diciembre de 2008, compareció el ciudadano WILLIAM ARISTIDES REBOLLEDO MARTINEZ, lo cual consigno copias certificadas del acta de nacimiento de los ciudadanos EDGAR ARMANDO y FREDDY HUMBERTO TUPANO CASTRO.-
En fecha 20 de abril de 2009, compareció el abogado WILLIAM ARISTIDES REBOLLEDO MARTINEZ, solicito fijar hora y día para el acto de promoción de testigos.-
En fecha 24 de abril de 2009, se instó a la solicitante a promover los testigos, a los fines de interrogar a los mismos.-
En fecha 06 de mayo de 2009, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse: SERRANO AURA ELINA DEL CARMEN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N°: V-4.052.627, en calidad de testigo, asimismo, compareció la ciudadana que dijo ser y llamarse: CHAVEZ LOPEZ JANETH AMALIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad N°: V- 9.410.185, en calidad de testigo.-
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes instrumentos públicos:
1) Copia Certificada del Acta de Defunción Nº 65, del ciudadano GERONIMO ANTONIO CASTRO, de fecha 19 de abril de 2008, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Municipio Libertador del Distrito Capital.-
2) Copia Certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 112, de fecha 23 de septiembre de 1968, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macario, Departamento Libertador del Distrito Federal.-
3) Copia Certificada del Acta de Nacimiento, signada con el Nº 665, de fecha 23 de noviembre de 1970, del ciudadano JESUS ERNESTO, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Departamento Libertador, del Distrito Federal.-
4) Copia Certificada del Acta de Nacimiento, signada con el Nº 44, de fecha 19 de septiembre de 1969, del ciudadano FREDDY HUMBERTO, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Departamento Libertador, del Distrito Federal.-
5) Copia Certificada del Acta de Nacimiento, signada con el Nº 638, de fecha 25 de septiembre de 1971, del ciudadano EDGAR ARMANDO, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Departamento Libertador, del Distrito Federal.-
6) Copia Certificada del Acta de Nacimiento, signada con el Nº 695, de fecha 18 de noviembre de 1968, del ciudadano MARCO ANTONIO, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, Departamento Libertador, del Distrito Federal.-
Los anteriores instrumentos se valoran favorablemente pues merece fe pública, y no ha sido objeto de tacha de falsedad y demuestra, entre otras cosas, es por lo cual el Tribunal le concede pleno valor probatorio a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.359 y 1.360 del Código Civil Venezolano Vigente.-
La solicitante propuso se evacuara la testimonial jurada de testigos que fueron indicados. Este Tribunal en fecha 24 de abril de 2009, instó a la solicitante a promover los testigos a los fines de interrogar a los mismos.-
En fecha 06 de mayo de 2009, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse: SERRANO AURA ELINA DEL CARMEN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°: V-4.052.627, en calidad de testigo, quien expuso a la primera pregunta: “…Si, desde hace muchos años”; a la segunda pregunta: “…Si lo conocía”; a la tercera pregunta:”…Si se y me consta”; a la cuarta pregunta: “…Si se y me consta”; a la quinta pregunta: “…Sí se y me consta”; a la sexta: “…Si, se y me consta; a la séptima: “…Doy fe de todo lo dicho”, asimismo, compareció la ciudadana que dijo ser y llamarse: CHAVEZ LOPEZ JANETH AMALIA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°: V-9.410.185, en calidad de testigo, quien expuso con relación a la primera pregunta: “...Si, desde hace treinta años”; a la segunda pregunta: “…Si lo conocía”, a la tercera pregunta: “…Si se y me consta”; a la cuarta pregunta: “…Si se y me consta”, a la quinta pregunta: “Si se y me consta”; a la sexta pregunta: “…Si, se y me consta”; a la séptima: “…Doy fe de todo lo dicho”.-
En tal sentido, el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.392 del Código Civil. Así se decide.-
Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar a los ciudadanos: CARMEN JOSEFINA TUPANO DE CASTRO, EDGAR ARMANDO CASTRO TUPANO, JESUS ERNESTO CASTRO TUPANO, FREDDY HUMBERTO CASTRO TUPANO y MARCOS ANTONIO CASTRO TUPANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-3.711.615, V-10.521.510, V-6.331.788, V-6.331.787 y V-6.272.364, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus: GERONIMO ANTONIO CASTRO.- ASÍ SE DECIDE.-
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: CARMEN JOSEFINA TUPANO DE CASTRO, EDGAR ARMANDO CASTRO TUPANO, JESUS ERNESTO CASTRO TUPANO, FREDDY HUMBERTO CASTRO TUPANO y MARCOS ANTONIO CASTRO TUPANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-3.711.615, V-10.521.510, V-6.331.788, V-6.331.787 y V-6.272.364, respectivamente, del de Cujus GERONIMO ANTONIO CASTRO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°: V-1.798.355. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los seis (06) días del mes de mayo de Dos mil Nueve (2009).-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. LEOXELYS ELENA VENTURINI
En la misma fecha se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR,
AMCdeM/LEV/lb.-
Asunto: AH15-S-2008-000632.-