REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRADOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 04 de mayo de 2009.-
199° y 150°

EXPEDIENTE: 8259-08
DEMANDANTE: HENRY ZAPATA AREVALO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.355.341, mediante sus apoderadas Judiciales abogadas ANA CRISTINA IBARRA LIRA y DELIA DEL CARMEN MONTILLA VALERA
DEMANDADO: JAIRO ANTOLINEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.158.871
MOTIVO: DESALOJO

Que la presente acción se inició con libelo de demanda presentado por ante el Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 09-12-08 y recibido en éste Tribunal en fecha 10-12-08, por el ciudadano HENRY ZAPATA AREVALO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.355.341, mediante sus apoderadas Judiciales abogadas ANA CRISTINA IBARRA LIRA y DELIA DEL CARMEN MONTILLA VALERA contra el ciudadano JAIRO



ANTOLINEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.158.871
Admitida la demanda en fecha 18-12-08, se emplazó al ciudadano JAIRO ANTOLINEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.158.871, para que comparezca por ante éste Tribunal al segundo día de despacho siguiente a
la constancia en auto de haberse practicado su citación, dentro
de las horas comprendidas entre las 8:30 a.m y 3:30 p.m a dar contestación a la demanda incoada.-
Al folio 11, el alguacil consignó recibo sin firmar la parte demandada por cuanto no se encontró.-
Al folio 24, la Secretaria del Tribunal hizo constar, que en fecha 23-03-09 fue fijado uno de los carteles de citación de la parte demandada en su domicilio.
Al folio 33 y 34, aparece escrito de fecha 06-04-09, presentado por el abogado JOSE RAFAEL RAMIREZ, contentivo de la contestación de la demanda, el Tribunal le dio entrada y ordenó agregarlo a los autos respectivos.-
Al folio 36, aparece escrito de pruebas, de fecha 17-04-09, junto con sus anexos, presentado por las abogadas ANA CRISTINA IBARRA y DELIA DEL CARMEN MONTILLA, en sus carácter de autos, en el cual ratificó en todas y cada una de sus partes todos los documentos introducidos en el libelo de demanda, el Tribunal le dio entrada y ordenó agregarlo a los autos respectivos.-
Al folio 52, aparece auto del Tribunal instando a las partes que conforman éste proceso para la celebración de un acto conciliatorio para el día 28-04-09, a las 2:00 de la tarde.-.