En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 2:00 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por la parte actora la abogada MAIRELIS ALEMAN, en su carácter de apoderada judicial y por la parte demandada la abogada KATIUSCA CHIRINOS. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto continuando con la mediación. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo donde la parte patronal ofrece pagar al trabajador SALVATORE GULINO OVALLES, titular de la cédula de identidad No.20.244.456, la cantidad de CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.F.4.000,00), monto este que será pagado mediante cheque en fecha 29-05-2009 a nombre del trabajador accionante, mediante actuación conjunta de las partes por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial a las diez de la mañana; la apoderada judicial de la parte actora, ya identificada, manifiesta que esta conforme con el monto ofrecido por la empresa y con dicho pago la demandada no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales señaladas en el libelo y demás derechos establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo.
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