En el día de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, comparecen por ante Tribunal la abogada KATIUSCA CHIRINOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el o.94.267, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente empresa LABORATORIOS KIMICEG C.A y por la parte oferida el ciudadano DAVID GONCALVES, titular de la Cédula de Identidad No.8.677.947, debidamente asistido de abogada, y ambas partes solicitan a la ciudadana Jueza, celebrar audiencia preliminar, donde la parte oferida ciudadano DAVID GONCALVES, debidamente asistido de abogada, se da por notificado en este acto y renuncia al termino de ley; La ciudadana jueza, acuerda lo peticionado, y declaro abierto el acto, donde las partes manifiestan su intención de hacer uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación. En este estado tomó la palabra EL TRABAJADOR ya identificado y expuso: Estoy conforme con la cantidad ofrecida esto es la cantidad de CIENTO SEIS MIL CIENTO QUINCE CON 10/100 CENTIMOS (Bs.106.115,10) por la representación empresarial y así mismo los conceptos que esta misma abarca, por cuanto se ajusta a la realidad y satisface mis aspiraciones por las indemnizaciones derivadas de la relación laboral que nos vinculó, por lo que nada queda a deberme LABORATORIOS KIMICEG C.A, por los conceptos que directa o indirectamente pudiera corresponderme con ocasión de la relación de trabajo que nos unió, como indemnizaciones y otros beneficios previstos en la Convección Colectiva de la rama de la industria farmacéutica y la Ley Orgánica del Trabajo, en lo referente a la Indemnización Sustitutiva del Preaviso y la antigüedad prevista en el artículo 125 de la LOT, y/o los intereses que se hayan devengado sobre las mismas; días feriados, días de descanso, remuneraciones pendientes; salarios, honorarios y/o participaciones pendientes; vacaciones y bonos vacacionales devengados y/o fraccionados. EL TRABAJADOR expresamente conviene y reconoce que con la cantidad ut supra, no tiene más nada que reclamar a LA COMPAÑÍA. EL TRABAJADOR deja constancia de que ha celebrado esta transacción voluntariamente y libre de constreñimiento alguno, y declara su total conformidad con la presente mediación por virtud de la suma que ha recibido en este acto mediante cheque de gerencia No.00504383 contra el Banco Exterior a nombre del trabajador oferido de fecha 05-05-2009, a su cabal y entera satisfacción por concepto de pago total y definitivo de cualquier concepto, derecho, beneficio, o acción que le pueda corresponder. En este estado la apoderada judicial de la parte oferente, solicita la devolución de los documentales que corren insertos a los folios 6 y 7 del expediente y presenta en este acto las copias a los fines de proveer lo solicitado.