REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
MATURIN, 12 de noviembre DEL AÑO 2.009
199° y 150°
Exp. 10.146
PARTES:

• DEMANDANTE: ESEQUIEL DAVID LUBATON BOLIVAR , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°20.919.884, y de este domicilio.

• ABOGADO: YOHANA MARIN LOVERA., venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 100.741de este domicilio.

• DEMANDADA: TODA PERSONA INTERESADA.

• MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Mediante escrito recibido ante este Tribunal, en fecha 23 de Octubre del 2.009,presentado ante el Juzgado Distribuidor por el ciudadano ESEQUIEL DAVID LUBTAON BOLIVAR, asistido por la Abogado YOHANA MARIN LLOVERA antes identificados y solicita su RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.

Exponen los comparecientes en el libelo lo siguiente:

“ Consta de acta de nacimiento N° 512, libro 1, Tomo 2, folio 121 del año 1995 de la Jefatura Civil, hoy parroquia Santa Cruz del Municipio Maturín del Estado Monagas, que nací en fecha 18 de Marzo del año 1991….. que soy hijo de los ciudadanos JOSE GREGORIO LUBATON MAYORGA y ZAIDA MARGARITA BOLIVAR DE LUBATON, …… que es el caso que al momento de la inserción o trascripción de mi partida de nacimiento se incurrio en el error material de escribir mi nombre ESEQUIEL con S, cuando lo correcto es que escriba con Z, que por lo antes señalado y por cuanto este error le ha causado problemas al momento de presentar sus documentos personales entre ellos su cédula de identidad, titular de bachiller entre otros. Es por lo que acudo a esta competente autoridad a los fines de que sea rectificado el nombre antes indicado, en el sentido de que su verdadero nombre es escriba correctamente es decir EZEQUIEL y no ESEQUIEL como aparece en su partida de nacimiento y en todos su documentos. De conformidad con lo establecido en el articulo 501 del Código Civil y 773 del Código de procedimiento Civil. Por ultimo pide que la presente solicitud sea admitida y sustanciada conforme a la Ley y declarada con lugar en la definitiva”

En fecha veintisiete (27) Octubre del año 2.009, se le da entrada y se Ordena la Notificación del Fiscal Octavo del Ministerio Publico en cumplimiento con el articulo 131 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 10 de noviembre del año 2.009, se da por notificada la Fiscal Octavo del Ministerio Publico según consta al folio 6 del Presente expediente.

En este sentido, establece el artículo N° 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela lo siguiente:

“Venezuela se constituye en un Estado democrático y social, de Derecho y Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general la preeminencia de los Derechos Humanos, la ética y el pluralismo político”.

Probado como ha sido el hecho alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de partida de nacimiento éste Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento civil, ordena en forma SUMARIA a la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el acta de nacimiento Nº 470, Folio 242, libro 2, llevado durante el año 1.960 correspondiente al ciudadano ESEQUIEL DAVID LUBATON BOLIVAR, con el fin de que se escriba en forma correcta su nombre de la manera siguiente: Donde dice ESEQUIEL , debe decir EZEQUIEL. Y ASÍ SE DECIDE.-
Publíquese, Regístrese, Déjese Copia y remítase oficios al Registrador Principal y a la direccion de Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas a los fines de que se sirvan a dar cumplimiento a lo aquí decidido.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas. Maturín, Doce de noviembre del 2.009. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
EL JUEZ Titular,

Abg. Luis Farias García.
EL SECRETARIO,

Abg. Gilberto José Cedeño










Exp. 10.146
LRFG.