Comisión: 05084
SOCIEDAD MERCANTIL AMBOS MUNDOS C.A/ SOCIEDAD MERCANTIL FUENTE DE SODA EL FENICIO C.A.
En horas de Despacho del día de hoy 17 de Noviembre de 2.009, siendo las 10:30 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la abogada en ejercicio NANCY GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.513, en su carácter de apoderado judicial de parte demandante SOCIEDAD MERCANTIL AMBOS MUNDOS C.A en el Juicio de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE ENTREGA DEL INMUEBLE ARRENDADO incoado contra SOCIEDAD MERCANTIL FUENTE DE SODA EL FENICIO C.A., a los fines de practicar la Ejecución Forzosa de la sentencia de fecha 21 de Julio de 2.009 dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, consistente en la entrega inmediata del inmueble a la parte demandante o su apoderada judicial constituido por un local comercial, ubicado en la calle Mariño, Edificio Mariños, identificado con el Nº 7, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, libre de bienes y personas. Y siendo las 10:35 a.m., se constituyó el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. El tribunal deja constancia que una vez constituidos en el inmueble se procedió a realizar el llamado de voz respectiva, no respondiendo persona alguna, es por ello que se designa como Cerrajero al ciudadano FREDDY ORTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.756.938, quien acepto el cargo y juro cumplirlo fielmente, y quien procedió aperturar la cerradura. El tribunal deja constancia que una vez dentro del inmueble no se encontró ningún tipo de bienes. Acto seguido interviene la parte demandante y expone: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Comitente se procede a la Ejecución Forzosa de la sentencia de fecha 21 de Julio de 2.009 dictada por el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, consistente en la entrega inmediata del inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la calle Mariño, Edificio Mariños, identificado con el Nº 7, de esta Ciudad de Maturín del Estado Monagas, libre de bienes y personas y se hace entrega en este acto a la apoderada judicial de la parte demandante NANCY GARCIA, quien lo recibe en este acto conforme libre de bienes y personas. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto, dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:50 a.m.-
La Juez Suplente Especial,
Abog. Grecia Gutiérrez Villahermosa
Parte actora
Abog. Nancy Garcia
El Cerrajero
La Secretaria,
Abog. Angelica Campos Aponte