REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA
En horas de despacho del día de hoy, Viernes Veintisiete de Noviembre del año Dos Mil Nueve (27-11-09), siendo las Nueve de la mañana (9:00 a.m.), tal como quedo acordado el día Jueves Veintiséis del presente mes y año (26-11-09) para llevarse a efecto la entrega de las llaves por parte del Demandado ciudadano Rene Zurita Chacin, Cédula N° 4.718.337, llaves pertenecientes al inmueble objeto del presente juicio, se hizo presente consignando dos (2) llaves, las cuales pertenecen al inmueble ubicado en la calle 05 de Julio N° 89, Punta de Mata, Estado Monagas y cuyos linderos se encuentran plenamente identificados en actas. Estando presente la parte actora abogada Susana kasrine cédula de identidad N° 8.033.364, inpreabogado N° 32.371 y aquí de tránsito, quien desempeña el cargo de Deposito Necesario, quien en este mismo acto manifiesta: “Recibo las llaves del inmueble totalmente desocupado de bienes y personas conforme a lo establecido en acta de fecha 26 de noviembre del 2009. Es todo”. No habiendo mas diligencias pendientes por practicar el tribunal acuerda devolver la misma a la causa a los fines legales pertinentes. Terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio
El Demandado
La Actora y Guardadora del bien
Deposito Necesario
La Secretaria Accidental