REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ACTA DE DESISTIMIENTO
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005273
PARTE ACTORA: THAMARA ISABEL MENA JIMENEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JULLIS MAILETH MANCERA CAMELO
PARTE DEMANDADA: BANCO DEL PUEBLO SOBERANO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RICARDO ARTURO TIRADO Y OTROS
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy diecisiete (17) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada a través de su apoderado judicial RICARDO ARTURO TIRADO, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº 2.993.092 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 11.229, carácter que consta de documento poder que se presenta en original y copia simple constante de tres (03) folios que se coteja con su original y se ordena agregar a los autos a los fines legales consiguientes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con la excepción establecida en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
La Jueza Titular
El Secretario
Abg. Judith González
Abg. Gustavo Portillo
El apoderado judicial de la parte demandada
En esta misma fecha se público y registro la presente decisión.
El secretario
Abg. Gustavo Portillo
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