REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

EXP. N° AP41-U-2009-000585 SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 173/2009

Visto el recurso contencioso tributario interpuesto, por el ciudadano Luis Fernando Barrios, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.922, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPOGUANIPA, S.A., contra la Resolución Nro. SNAT/ GGSJ/GR/DRAAT/2008-000050-314 de fecha 18 de junio de 2008, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, que declaró Sin Lugar el recurso jerárquico ejercido contra la Resolución (Sumario Administrativo) Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DSA/R-2007-112, de fecha 31/12/2007, por monto de Bs.F. 2.441.217,20, en materia de Impuesto Sobre la Renta; estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, este Tribunal observa que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de un acto administrativo recurrible en la vía jurisdiccional, impugnado ante la autoridad competente, dentro del plazo legal, mediante escrito en el cual se funda, y consta la cualidad y el interés de la recurrente quien se hizo asistir por abogado, y la Administración Tributaria no se opuso a su admisión, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario ADMITE el presente recurso contencioso tributario en cuanto ha lugar en derecho, dejando su apreciación para la definitiva; procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.
El Tribunal advierte que la causa queda abierta a pruebas de acuerdo a lo previsto en el artículo supra mencionado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre del año dos mil nueve (2009). Año 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA

MARIA INES CAÑIZALEZ
LA SECRETARIA

KATIUSKA URBAEZ
Exp. N° AP41-U-2009-000585
MIC/KU/ms