REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 26 de octubre de 2009
199º y 150º
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 23 del presente mes y año, siendo este el último día para promover pruebas de conformidad a lo establecido en el articulo 889 del Código de procedimiento Civil, por el abogado DORIAM AUGUSTO RIOS ACEVEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.146, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAUL PARRA SERVA, parte actora en el presente juicio, mediante el cual promueve pruebas en seis (6) folios útiles, el Tribunal ordena agregarlo a los autos, previa su lectura por secretaría y respecto a su admisión, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, por considerar que no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación o no en la sentencia definitiva que recaiga en el presente juicio.
La Juez,
María Rosa Martínez La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
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