REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 10 de Noviembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH14-V-2008-000162
PARTE ACTORA: BALDOMERO AGUSTIN SANCHEZ PEREZ, LUIS EDUARDO SANCHEZ PEREZ, MIRIAM ELENA SANCHEZ RIVERA, YOLANDA BENICIA SANCHEZ PEREZ y GUILLERMO BALDOMERO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y Titulares de las Cedulas de Identidad Nos. V- 3.554.986, V- 3.151.647, V-2.987.379, V-4.424.711 y V- 2.102.195.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: YASMIN CORDOBA BARRIOS, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 32.804.-
PARTE DEMANDADA: PETRA MARIA SANCHEZ PEREZ y FRANCISCO JAVIER SANCHEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Titulares de las Cedulas de Identidad Nos. V- 3.968.675 y V- 4.431.100.-
MOTIVO: PARTICION
En virtud de haber sido designado en 22-07-2009, según oficio CJ-09-13121, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, como Juez Provisorio de este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a el Dr. CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quien tomó posesión del mismo en fecha 28-07-2009; me AVOCO al conocimiento de la misma en el estado en que se encuentra.-
Efectuada la TRANSACCION por las partes, presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, en fecha 27 de Octubre de 2009; en la presente solicitud es aplicable y en este caso lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, que expresa:
ARTICULO 256: Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil, celebrada la transacción en el juicio, el Juez homologara si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones sin lo cual no podrá procederse a su ejecución.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA LA TRANSACCION cursante en el presente expediente, en los términos en ella expuestos y ACUERDA PROCEDER COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 10 días del mes de Noviembre de 2009. 199º y 150º.
El Juez,
Dr. Carlos A. Rodriguez R.
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
En esta misma fecha, siendo las 12:32 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
Asunto: AH14-V-2008-000162
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