REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Jueves Veintiséis (26) de Noviembre del año Dos Mil Nueve (2009), siendo las Nueve de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada María Cecilia Conde Monteverde, en compañía de la Secretaria Titular, Abogada Carmen Alarcón Reaño, de los Apoderados Judiciales de la (Demandada Reconviniente), Abogados José Luís Varela Pérez y Maria Elena Guerrero Fernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 33.927 y 65.688, y del funcionario de la Policía Metropolitana de Caracas, Agente Alberth J. García A, cédula de identidad nro. 20.309.052, placa nro. 1718, adscrito a la Sub-Comisaría Parroquia La Dolorita, del Municipio Sucre, Estado Miranda, en la siguiente dirección: “Un apartamento distinguido con el número y letra: a_32, del edificio A, del Conjunto Residencial, “ Residencias Los Bucares”, Parcela 531-11-01, la cual se encuentra ubicada en el Sector “B”, Primera Etapa de Urbanismo Etapa 1-B, Calle 2 de la Urbanización Terrazas de Guaicoco, situada en la carretera vieja de Petare-Santa Lucia, Zona Sector Guaicoco de la Parroquia La Dolorita, Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda”; a objeto de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del Juicio que por Resolución de Contrato, interpuso Sofía Alexandra de Noronha Gamela, contra Aleida Miguelina Castillo, expediente Nº 04-1071.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, el Tribunal Ejecutor procedió a dar los toques de ley, siendo atendido su llamado por la ciudadana: Zuleima del Carmen Osorio Muñoz, identificada con el Pasaporte Número: CC 32795026, quien notificada de la presencia del Tribunal, manifestó ser la persona que se encarga de la limpieza del inmueble y procedería a comunicarse vía telefónica con el señor Robinson Terab Díaz, quien habita el apartamento, y solicita un tiempo de espera para hacer acto de presencia. Es todo”.- Visto lo manifestado por la notificada, este Tribunal concede un lapso prudencial.- Acto seguido, hizo acto de presencia donde se encuentra constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas, el ciudadano Robinson Manuel Terab Díaz, identificado con la cédula de identidad nro. E-81.378.777, a quien se le notificó de la misión del Tribunal y leído como fue el contenido del Despacho. manifestó ocupar el inmueble, y que todos los bienes muebles que se encuentran dentro del apartamento son de su propiedad y procedería a trasladarlos bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: “Hacienda El Sitio, Parte Baja, Casa S/N, La Dolorita, Municipio Sucre, Estado Miranda”.- Visto lo manifestado por el notificado antes identificado, este Tribunal Ejecutor le informa que, antes de que comience a embalar los bienes muebles, proceda a recoger personalmente sus respectivos bienes de valor, joyas, dinero y su cartera personal.- Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material a la ciudadana: Aleida Miguelina Castillo (Demandada Reconviniente), en la persona de sus Apoderados Judiciales, Abogados José Luís Varela Pérez y Maria Elena Guerrero Fernández, antes identificados, del siguiente inmueble: “Un apartamento distinguido con el número y letra: a_32, del edificio A, del Conjunto Residencial, “Residencias Los Bucares”, Parcela 531-11-01, la cual se encuentra ubicada en el Sector “B”, Primera Etapa de Urbanismo Etapa 1–B, Calle 2 de la Urbanización Terrazas de Guaicoco, situada en la carretera vieja de Petare-Santa Lucia, Zona Sector Guaicoco de la Parroquia La Dolorita, Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda.”; quien lo recibe conforme en nombre de su representada, con las llaves de sus puertas principales.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal, ordena la devolución de la presente comisión a Causa. Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo las (2:30 p.m.). Termino; se leyó y conformes firman.-
Juez Titular


El Notificado.





Los Apoderados Judiciales


El Funcionario Policial.

La Secretaria Titular.



Comisión: 2038-09
MCCM/Clar.-