REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL


Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

PARTE ACTORA: MARKET PLAN PUBLICIDAD C.A, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 8 de febrero de 2.006, bajo el N° 54, Tomo 1262-A.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: FRANCISCO VASQUEZ TRENARD, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.849.
PARTE DEMANDADA: PATRICIA AZOCAR OLIVER Y LILIBETH DE LOS SANTOS NORIEGA, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 11.071.465 y 13.254.248, respectivamente.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Por recibida y vista la anterior demanda y los recaudos anexos, presentada en fecha 25 de noviembre de 2009, a los fines de su distribución, ante la Unidad Recaudadora Distribuidora de Expedientes del Circuito Judicial del cual forma parte integrante este despacho, por el profesional del derecho FRANCISCO VASQUEZ TRENARD, quien en su carácter de apoderado judicial de MARKET PLAN PUBLICIDAD C.A, demanda a PATRICIA AZOCAR OLIVER Y LILIBETH DE LOS SANTOS NORIEGA, por el procedimiento monitorio previsto en los artículos 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión observa:
La suma reclamada en el libelo asciende en su totalidad a la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y TRES BOLÍVARES FUERTES, suma esta que excede en gran medida la suma hasta la cual pueden conocer los Juzgados de Municipio, todo ello conforme a lo dispuesto en la Resolución número 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2.008, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia que modificó la cuantía hasta la cual pueden conocer los Juzgados de Municipio categoría C en el escalafón judicial a los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias, es decir la suma de ciento sesenta y cinco mil bolívares fuertes , razón por la cual lo procedente en derecho es; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, DECLINAR LA COMPETENCIA en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual le sea asignado el expediente previa la distribución de Ley, que es el Juzgado competente por la cuantía para conocer del presente juicio.-
En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declina su competencia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Juzgado Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, a los treinta (30) días de noviembre de dos mil nueve (2009).
Regístrese, Publíquese y déjese Copia fotostática certificada de la presente decisión.
LA JUEZ
LETICIA BARRIOS RUIZ
LA SECRETARIA, EVELYN PEREZ PEREZ.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las
LA SECRETARIA,

EVELYN PEREZ PEREZ.
Expediente Nº AP-31-M-2009-001069.





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL


Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

PARTE ACTORA: MARKET PLAN PUBLICIDAD C.A, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 8 de febrero de 2.006, bajo el N° 54, Tomo 1262-A.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: FRANCISCO VASQUEZ TRENARD, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 46.849.
PARTE DEMANDADA: PATRICIA AZOCAR OLIVER Y LILIBETH DE LOS SANTOS NORIEGA, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros 11.071.465 y 13.254.248, respectivamente.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Por recibida y vista la anterior demanda y los recaudos anexos, presentada en fecha 25 de noviembre de 2009, a los fines de su distribución, ante la Unidad Recaudadora Distribuidora de Expedientes del Circuito Judicial del cual forma parte integrante este despacho, por el profesional del derecho FRANCISCO VASQUEZ TRENARD, quien en su carácter de apoderado judicial de MARKET PLAN PUBLICIDAD C.A, demanda a PATRICIA AZOCAR OLIVER Y LILIBETH DE LOS SANTOS NORIEGA, por el procedimiento monitorio previsto en los artículos 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal a los fines de pronunciarse sobre su admisión observa:
La suma reclamada en el libelo asciende en su totalidad a la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y TRES BOLÍVARES FUERTES, suma esta que excede en gran medida la suma hasta la cual pueden conocer los Juzgados de Municipio, todo ello conforme a lo dispuesto en la Resolución número 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2.008, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia que modificó la cuantía hasta la cual pueden conocer los Juzgados de Municipio categoría C en el escalafón judicial a los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias, es decir la suma de ciento sesenta y cinco mil bolívares fuertes , razón por la cual lo procedente en derecho es; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, DECLINAR LA COMPETENCIA en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al cual le sea asignado el expediente previa la distribución de Ley, que es el Juzgado competente por la cuantía para conocer del presente juicio.-
En razón a los planteamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declina su competencia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Juzgado Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, a los treinta (30) días de noviembre de dos mil nueve (2009).
Regístrese, Publíquese y déjese Copia fotostática certificada de la presente decisión.
LA JUEZ
LETICIA BARRIOS RUIZ
LA SECRETARIA, EVELYN PEREZ PEREZ.

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 12:18 pm.-
LA SECRETARIA,

EVELYN PEREZ PEREZ.
Expediente Nº AP-31-M-2009-001069.