REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- CARACAS, Doce (12) de Noviembre de dos mil nueve.-
199º y 150°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana DEOLINDA DOS SANTOS OLIVEIRA, Portuguesa, mayor de edad, residenciada en Portugal, titular de la cédula de identidad Nº E-524.126, sobre las bienhechurías, que a continuación se describe: Un Galpón con una superficie de ciento sesenta y cuatro metros cuadrados con treinta centímetros (164,30 mts2) consta de una oficina y su baño revestido de cerámica, puerta de madera, piso de cemento, Techo de platabanda de cemento, paredes lisas, frisadas y pintadas, el portón de la entrada principal en buenas condiciones construido de hierro, el cual esta ubicado en la parcela Nº 525, Maca, Parroquia Petare, Calle urdaneta, Sector Cecilio Acosta, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, cuyos linderos están comprendido de la siguiente manera: NORTE: con Callejón Urdaneta, con veintidós con cincuenta centímetros (22,50 cm.) con camino de paso; SUR: con Calle Bolívar con veintidós con cincuenta centímetros cuadrados (22,50 cm.) con servidumbre de paso; ESTE: con cuarenta y ocho metros (48 mts2) aproximadamente con terrenos que son o fueron de la señora CONCEPCIÓN RAMIREZ; OESTE: con cuarenta y ocho metros (48 mts2) aproximadamente con terrenos que son o fueron del Señor PEDRO ROJAS GONZALEZ Devuélvase originales con sus resultas, previa su certificación por Secretaría.
EL JUEZ,


RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO TEMP.


Abog. WALID JOSEPH YOUNES M.


EXP: AP31-S-2009-006454
RJG/WJYM/josech