REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, Diecinueve (19) de Noviembre de dos mil nueve.
199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 12-11-2009, cursante al folio 70 del presente expediente, suscrita por la ciudadana FLORINDA DIZ BESADA, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por la Abogada YASMIN CORDOBA BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 3280, mediante la cual DESISTE del Procedimiento, se reserva la acción y en su aparte final solicita la devolución de originales, observa el Tribunal que en el presente caso no ha tenido lugar el acto de contestación a la demanda pudiendo la parte actora desistir del procedimiento tal como lo establece el Articulo 265 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, se declara extinguida la instancia en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el Articulo 266 Ejusdem.- Asimismo se ordena la devolución de los originales solicitados previa su certificación en autos por secretaria.- Devuélvanse los originales solicitados.-
EL JUEZ TITULAR
RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
Abg WALID JOSEPH YOUNES M.
EXP N° AP31-V-2008-002113
RJG/WJYM/CEP
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