REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
199° y 150°
La Victoria, trece (13) de noviembre de dos mil nueve (2009)

Nº DE EXPEDIENTE: DP31-L-2009-000283
PARTE ACTORA: ciudadanos CARLOS FORTUNATO PEREZ, titulares de la cedula de identidad Nº 3.374.849
ABOGADO QUE ASISTE LA PARTE ACTOR: Abogado YENIFER MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.088 .
PARTE DEMANDADA: “SOCIEDAD MERCANTIL SEGURIDAD JOS C.A.”
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, viernes trece (13) de noviembre de 2009, siendo día y hora fijado, para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, compareciendo a la misma por la parte actora ciudadanos CARLOS FORTUNATO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 3.374.849,la Abogada YENIFER MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.088 en su condición de Procurador del Trabajo, quien consigna Instrumento Poder en original para que sea agregado a los autos para que surta los efectos jurídicos de ley. Antes de iniciar la Audiencia, el Alguacil hace el anuncio respectivo en la Sala de espera de este Circuito e indica al Tribunal que, solo compareció a la Audiencia por la parte actora ciudadanos CARLOS FORTUNATO PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 3.374.849, la Abogada YENIFER MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.088. Así mismo el Tribunal deja constancia de que a la hora del anuncio de la audiencia no se encontraba presente la demandada “SOCIEDAD MERCANTIL SEGURIDAD JOS C.A.” ni por si ni por medio de representante legal en consecuencia vista, LA INCOMPARECENCIA A ESTA AUDIENCIA DE LA PARTE DEMANDADA este tribunal debe forzosamente en el dispositivo del fallo oral declarar LA ADMISION DE LOS HECHOS.
DISPOSITIVO

Por las razones antes expuesta este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley declara, LA ADMISION DE LOS HECHOS EN CONSECUENCIA CON LUGAR la accione intentada, por el ciudadano CARLOS FORTUNATO PEREZ antes identificado en contra “SOCIEDAD MERCANTIL SEGURIDAD JOS C.A.” y se reserva motivar los montos y conceptos a pagar los cuales serán debidamente especificados en el fallo que será publicado dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, de conformidad con la aplicación extensiva del articulo 158 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo, acogiendo criterio de sentencia de la Sala Constitucional dictada el 06-05-2005, con ponencia del Magistrado Francisco Antonio Carrasqueño, haciendo del conocimiento de las parte que solo una vez que transcurra el mismo comenzará a computarse el lapso para el ejercicio de los recursos a que hubiere lugar. Es todo.-
LA JUEZA,
Dra. LILIAM PEREZ
LA PARTE ACTORA EL SECRETARIO,
ABG. ARTURO CALDERON.