REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 25 de Noviembre del 2009
199º y 150º


Expediente 22.376

Demandante Johanna Feligres Tovar Terán, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 14.240.462, de este domicilio
Demandada Manuel Alfredo Uzcategui Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 13.066.707, de este domicilio
Motivo Divorcio
Decisión Homologación de Desistimiento

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la ciudadana Johanna Feligres Tovar Terán, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°: 14.240.462, de este domicilio, asistida por la Abg. Belkys Torrealba, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 132.082; y el Desistimiento en el contenido, este Tribunal lo tiene por consumado e imparte su homologación. En consecuencia, se acuerda la devolución de los originales acompañados al libelo de demanda, que corre inserto al folio 04, previa su certificación en autos.- Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza Provisoria

Abg. Eumelia Velásquez M. La Secretaria

Abg. Jheysa Alfonzo

En la misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.-
La Secretaria
EVM/JA/Zlma
Exp. N°: 22.376