REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 19 de noviembre de 2009
199° y 150°
ASUNTO N° 2009-913
En fecha 21 de Mayo del 2009, fue recibido por el Alguacil de este Tribunal para su resguardo anexo al Oficio S/N, suscrito por el Juez Coordinador de los Asuntos Contenciosos Administrativo de la Región Capital, expediente N° 2009-0087 nomenclatura de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, constante de (01) pieza y (67) folios útiles contentivo de RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL, incoado por el ciudadano ADOLFO RAUL TAYLHARDAT, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 331.185, debidamente domiciliado en la Urbanización Santa Rosa de Lima, Calle “C”, Residencias “La Blanquilla” Apartamento 1-A, debidamente asistido por los abogados LAURA CAPECCI DOUBAIN, JUANA ANTONIA HERNAIZ LANDAEZ Y MARIA VIRGINIA FRANCESA-GHERRA, todos mayores de edad, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los siguientes N° 32.535, 91.919, 92.713, en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES EXTERIORES, donde ese mencionado órgano jurisdiccional dicto sentencia suscrita por la Magistrada Evelyn Marrero Ortiz en su condición de Magistrada Presidenta de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 17 de Marzo del 2009 mediante la cual declaro: “Que le corresponde a este órgano jurisdiccional la competencia para conocer de la presente demanda”. Y visto que desde el día 13 de Marzo del 2009 estaba sin despacho este Juzgado Superior, hasta el día 16/11/2009 fecha en la cual tome posesión del cargo como Juez superior titular de este despacho, en virtud de la designación realizada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de junio de 2.009, que posteriormente fue ratificada en fecha 27 de Octubre de 2.009. Y encontrándome dentro de la oportunidad de legal, para emitir pronunciamiento, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo previsto en el articulo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, por no estar incurso en las causales de inadmisibilidad contenidas en el quinto aparte del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, cítese al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA, a quien se le conmina a dar contestación a la querella dentro del lapso de quince (15) días de despacho, transcurridos como hayan sido quince (15) días hábiles contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su citación, a tenor de lo previsto en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y se le solicita el expediente administrativo que guarda relación con la presente causa, de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual deberá ser consignado en original o en copias debidamente certificadas y foliadas en números y letras, dentro del lapso concedido para dar contestación a la querella. Asimismo, se ordena notificar, bajo Oficio, al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES EXTERIORES, el contenido del presente auto, remitiéndole copias certificadas y copias simples de la forma ut supra indicado, Asi mismo se acuerda notificar a la representación judicial de la parte demandante a los fines de garantizar un proceso expedito, sin dilaciones indebidas, ni formalidades inútiles acorde a los principios rectores contenidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus artículos 26, 51 y 257. Se insta a la parte interesada a aportar los fotostátos requeridos para la certificación de las copias. A tal efecto se comisiona al ciudadano JOSER DANIEL COLINA PACHECO, Archivista de Tribunal, titular de la cédula de identidad Nº V-18.223.427, quien deberá suscribir conjuntamente con la secretaria, todas de las copias fotostáticas que se ameriten a tenor de lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense lo conducente.-
Dra. Margarita García de Rodríguez
Jueza Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo
de la Región Capital con Sede en Caracas
La Secretaria del Tribunal,
Abog. Anny Garrido Zapata
Exp. Nº 2009-913
MGS/asgz/Gaby
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