REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

199° y 150°

SOLICITANTE: HUMBERTO ALEXANDER YUCCI HERRERA.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE N°: 608-09

Vista la anterior solicitud presentada por el Ciudadano HUMBERTO ALEXANDER YUCCI HERRERA, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-9.686.427, asistido por MARITZA ALVARADO, Abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 99.712, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Nacimiento; este Despacho observa:
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados por la prefectura Joaquín Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, en el año 1970, la cual quedó anotada bajo el N° 113, Tomo 01 C, de fecha 23 de Enero de 1970. El error denunciado consiste que al asentar el Acta de Nacimiento del solicitante ut supra, se incurrió en omitir el primer nombre de la madre, pues siendo el nombre correcto “FLORA OTILIA HERRERA DE YUCCI”; se asentó: “OTILIA HERRERA DE YUCCI”. Para efecto probatorio el solicitante consignó los siguientes recaudos:
1.Copia Certificada del Acta de Nacimiento, expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua.
2.Copia Certificada del Acta de Nacimiento, expedida por la Oficina de Registro Principal del Estado Aragua.
3.Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la madre, expedida por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Apure.
4.Copia Fotostática de la Cédula de Identidad.