En el día de hoy Lunes 02 de Noviembre de 2009, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar inicial en el presente procedimiento, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora en la persona del ciudadano CESAR AQUILES BOLIVAR y de su Abogado Asistente PROCURADORA DE LOS TRABAJADORES MARÍA BELÉN HERNANDEZ ARIAS, supra identificados; por la parte demandada LAS RONDANAS DE EDUARDO ANTONIO F.P., comparece la apoderada Judicial Abogada GREYSI MARGARITA VALENCIA ANGULO, tal como consta en autos en los folios 19, 20, 21, 22 y 23 del expediente, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta, plenamente identificada en el encabezamiento de la presente acta. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada a fin de poner fin al presente procedimiento, ofrece pagar a la parte actora la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 10.000,00), para ser pagado en dos (02) partes, en la sede del Tribunal, a las 02:00 p.m., a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador CESAR AQUILES BOLIVAR, los días 16 de Noviembre y 15 de Diciembre, ambas fechas del corriente año 2009, por la cantidad de Bs. 5.000,00 cada uno de los pagos fraccionados. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, Vacaciones, Bono Vacacional, Utilidades, Intereses sobre Prestaciones Sociales. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Apoderada Judicial, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio.