JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURÍN, VEINTINUEVE (29) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

199° y 150°


Vista la anterior diligencia, suscrita por el ciudadano MOHAMED MUSSA HERCULES, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.553, en el cual solicita se comisione al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Puerto Ordaz con Sede en Puerto Ordaz, a fin de que sea practicada la Medida Preventiva de Embargo, este Tribunal luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente causa, observó: 1) que consta en el folio 11 y 12 del cuaderno principal sentencia dictada en fecha 14 de Agosto del 2.009, pasada en autoridad de cosa juzgada; 2) asimismo el día 20 de Octubre del 2009, se le dio cumplimiento voluntario concediéndole (05) días de Despacho, de conformidad con el Articulo 524 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de lo antes expuesto mal podría este Tribunal acordar lo solicitado por la parte demandante, por tal motivo se niega lo solicitado. Y así se decide.




ABOG. ARTURO LUCES TINEO
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


ABOG. YOHISKA MUJICA
LA SECRETARIA

Exp: 31.899
Yosellys