REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Maturín, catorce (14) de octubre dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: NP11-L-2009-000687

Visto el anterior escrito de reforma del libelo de la demanda, presentado por el abogado JUAN AZOCAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.657, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BRAULIO JOSÉ VÉLIZ LÓPEZ, DANIEL ENRIQUE RODRÍGUEZ MAGALLANES, FERNANDO LUIS RODRÍGUEZ MAGALLANES, ALEXIS RAFAEL RODRÍGUEZ, JESÚS RAFAEL GUANARE MARCANO, JOHNNY ALFONZO RODRÍGUEZ BASTARDO, DANIEL JOSÉ CABEZA QUIJADA, HÉCTOR LUIS LÓPEZ, RAMÓN ALCIDES FARIAS, MARCOS ELIOBERT ARREAZA, EDGAR JOSÉ BETANCOURT RODRÍGUEZ, ALIRIO RAFAEL FERNÁNDEZ, ENNYS RUFINO RIVAS VÁSQUEZ, MANUEL ENRIQUE RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, RODOLFO JOSÉ RODRÍGUEZ FLORES, identificados en el referido escrito, contra la Empresa DESARROLLO CONSTRUCCIONES Y ARQUITECTURA DELTA, C.A. (DECA DELTA, C.A.), este Tribunal niega su admisión por cuanto las personas identificadas en el escrito de reforma, no se corresponden con los trabajadores accionantes en la presente causa.
La Jueza


Abg. MILADYS SIFONTES DE NESSI

LA SECRETARIA.