ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.009-1212

PARTE ACTORA: Ciudadano, TERESA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 8.376.673, asistido del Abogado YASMORE PEÑA, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 76.152, Procurador del Trabajo.

PARTE DEMANDADO: YACQUES AKOURI IMBAID, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 9.296.792, asistido del Abogado NICOLAS HADDAD, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 87.046.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy 28 de Octubre de 2009, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, compareció la ciudadana TERESA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 8.376.673, asistido del Abogado YASMORE PEÑA, inscrito en los Inpreabogado bajo el N° 76.152, Procurador del Trabajo, también compareció el ciudadano YACQUES AKOURI IMBAID, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 9.296.792, asistido del Abogado NICOLAS HADDAD, inscrito en los YACQUES AKOURI IMBAID, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad n° 9.296.792. Las parte actora alega que le cancelen los montos correspondientes al concepto por prestaciones sociales en las cantidades Bs. 5.112,92 por otra parte, la parte demandada expone: Que ciertamente reconoce la relación de trabajo y determinando los cálculos aritméticos que se han realizado en audiencia y a los fines de dar por concluido el presente juicio le ofrece cancelar la cantidad total y definitivo de Bs. F. 3.000,00, para el día de hoy en cheque del Banco Canarias, cuenta n° 0140-0024-11-0000000820, n de cheque n° 21560996. El accionante manifiesta que acepta y recibe en sus manos el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados antes señalados.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, celebrado entre las partes. El Tribunal hace entrega de las pruebas promovidas por las partes.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T. LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO