REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA
CORTE DE APELACIONES
Sala Única
Maracay, 15 de octubre de 2009
198° y 150°
CAUSA N° 1As-7751-09
JUEZ PONENTE: ALEJANDRO JOSÉ PERILLO SILVA
ACUSADO: ciudadano DANNY DE JESÚS RANGEL VERGARA
DEFENSA: abogados ALEXANDER JOSÉ CALLASPO BRITO y NELLYS JOSÉ CALLASPO BRITO
VÍCTIMAS: ciudadanos JOSÉ YDUVINES JIMÉNEZ FLORES y ANDERSON ALEXANDER CAICEDO (occisos)
FISCALA: Décima Quinta (15ª) del Ministerio Público del estado Aragua, abogada YELITZA ACACIO CARMONA
MOTIVO: Aclaratoria de sentencia
DECISIÓN: Da por aclarada sentencia.
Nº 4.006
Vista la aclaratoria solicitada por la abogada YELITZA ACACIO CARMONA, Fiscala Décima Quinta (15°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en la causa 1As-7751-09 (nomenclatura alfanumérica de esta Corte) de la sentencia Nº 234, dictada en fecha 06 de octubre de 2009; esta Superioridad, para decidir, observa:
El Instituto de la Aclaratoria del fallo persigue principalmente la determinación precisa del alcance del dispositivo en que aquél contenido, orientado a su correcta aplicación.
Se aprecia de la solicitud de aclaratoria formulada por la abogada YELITZA ACACIO CARMONA, Fiscala Décima Quinta (15°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en cuanto al ‘TERCERO…III.- DE LA SENTENCIA IMPUGNADA’, relacionado con la omisión de haberse transcrito la parte dispositiva de dicho fallo, en este sentido, esta Sala verifica:
Que la sentencia Nº 234, dictada por esta Instancia Superior, de fecha 06 de octubre de 2009, y la cual es objeto de la solicitud de aclaratoria, en efecto, en su parte ‘TERCERO…III.- DE LA SENTENCIA IMPUGNADA’, relativa a la decisión recurrida, omitió transcribir la dispositiva de dicho fallo, pues, textualmente la sentencia que por la presente incidencia se aclara, precisó lo siguiente:
‘De foja 145 a foja 206 (pieza II), ambas inclusive, cursa texto de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la cual, en su dispositiva, decretó lo que sigue:…’
Por lo que, esta Alzada en aras de garantizar el principio de seguridad jurídica, procede a aclarar que la parte ‘TERCERO…III.- DE LA SENTENCIA IMPUGNADA’, debe decir:
‘De foja 145 a foja 206 (pieza II), ambas inclusive, cursa texto de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en la cual, en su dispositiva, decretó lo que sigue:
PRIMERO: CONDENA al acusado DANNY DE JESUS RANGEL VERGARA,…a cumplir a pena de DIECISITE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por haberlo encontrado CULPABLE de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES,…hecho este cometido en perjuicio de los ciudadanos ANDERSON CAICEDO y JOSE LUIS JIMENEZ FLORES. Dicha pena deberá cumplirla en la dependencia que determine el Juez de Ejecución correspondiente. SEGUNDO: Igualmente se condena a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal Venezolano…TERCERO: Este Tribual se acoge al lapso de Diez (10) días hábiles para la publicación del texto integro de la sentencia…’
En consecuencia, queda en los términos antes expuestos, resuelta la aclaratoria solicitada por la abogada YELITZA ACACIO CARMONA, Fiscala Décima Quinta (15°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en la causa 1As-7751-09 (nomenclatura alfanumérica de esta Corte) de la sentencia Nº 234, dictada en fecha 06 de octubre de 2009. Así se aclara.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR ACLARADO lo expuesto por la abogada YELITZA ACACIO CARMONA, Fiscala Décima Quinta (15°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en la causa 1As-7751-09 (nomenclatura alfanumérica de esta Corte) de sentencia Nº 234, dictada en fecha 06 de octubre de 2009.
Regístrese, diarícese, notifíquese y déjese copia.
LA MAGISTRADA PRESIDENTA
FABIOLA COLMENAREZ
EL MAGISTRADO – PONENTE
ALEJANDRO JOSÉ PERILLO SILVA
EL MAGISTRADO DE LA SALA
FRANCISCO GERARDO COGGIOLA MEDINA
EL SECRETARIO
CARLOS ARTURO CAMACARO OJEDA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se remitieron las presentes actuaciones.
EL SECRETARIO
CARLOS ARTURO CAMACARO OJEDA
FC/AJPS/FGCM/Tibaire
Causa 1As-7751-09
|