JUZGADO CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintiocho (28) de octubre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AH22-X-2009-000029
PARTE ACTORA: BEATRIZ MARINA LOPEZ CASTELLANO.
PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD SANTA MARÍA, SOCIEDAD CIVIL UNIVERSIDAD SANTA MARÍA y los ciudadanos DAMIAN ADOLFO NIETO CARRILLO e INOCENCIO FIGUEROA.
MOTIVO: INHIBICIÓN del Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Dr. Carlos J. Pino A.
Se encuentran en esta alzada las presentes actuaciones en virtud de la inhibición planteada por el Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ciudadano Carlos J. Pino A., en el juicio incoado por la ciudadana Beatriz Marina López Castellano contra Universidad Santa María, Sociedad Civil Universidad Santa María y los ciudadanos Damian Adolfo Nieto Carrillo e Inocencio Figueroa por el motivo que al efecto dejó asentado para abstenerse de seguir conociendo del presente asunto.
Cumplidas las formalidades legales, se pronuncia este sentenciador previa las consideraciones siguientes:
Expuso el Juez inhibido en el acta contentiva de su inhibición, de fecha 16 de octubre de 2009, cursante al folio 3 del presente expediente, lo siguiente:
“En horas de despacho del día de hoy, viernes dieciséis (16) de octubre de dos mil nueve (2009), comparece ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, el Juez Titular del mismo, abogado Carlos Julio Pino Ávila, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad nº 7.663.345 e inscrito en el IPSA bajo el nº 34.317, quien seguidamente expone: Por cuanto mantengo amistad íntima con el abogado Ramón Franco Zapata, inscrito en el IPSA bajo el nº (folio 159 de la pieza principal), me inhibo de seguir conociendo el presente juicio interpuesto por la ciudadana Beatriz López Castellano contra la sociedad civil denominada ‘Universidad Santa María’, de conformidad con lo previsto en el artículo 31.4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo, destaco que el impedimento obra en contra de la parte actora.”
Ahora bien, examinados los recaudos consignados así como la declaración del Juez inhibido se evidencia la razón que le motivó a manifestar su voluntad de inhibirse para no seguir conociendo de la causa, la cual, considera esta alzada, constituye fundamento de derecho, suficientemente válido para encontrarse obligado a abstenerse de seguir conociendo de la acción planteada, al manifestar que mantiene relación de amistad con el abogado Ramón Franco Zapata quien actúa en el presente juicio como apoderado judicial de la parte demandada, motivo este contemplado en la ley como causal de inhibición, a tenor de lo dispuesto en el ordinal 4ª del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Igualmente, observa este Tribunal, que no se desprende de autos argumento alguno que contradiga lo expresado por el Juez inhibido, quedando así debidamente fundamentado el motivo que lo inhiben para cumplir sus funciones como administrador de justicia; por ello resulta forzoso para este Juzgado Superior declarar con lugar la inhibición propuesta con la consecuente remisión del expediente para que se proceda a una nueva distribución, a fin de que la causa continúe, en virtud de encontrarse en suspenso de conformidad con la parte in fine del artículo 32 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
Con fundamento en las razones expuestas, este Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la inhibición formulada por el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ciudadano Carlos J. Pino A., ordenándose la devolución del expediente a los fines de una nueva distribución, todo en el juicio incoado por la ciudadana Beatriz Marina López Castellano contra Universidad Santa María, Sociedad Civil Universidad Santa María y los ciudadanos Damian Adolfo Nieto Carrillo e Inocencio Figueroa, partes identificadas a los autos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de octubre del año dos mil nueve (2009).
EL JUEZ
JUAN GARCÍA VARA
LA SECRETARIA
OMAIRA ALEJANDRA URANGA
En el día de hoy, veintiocho (28) de octubre de dos mil nueve (2009), se publicó el presente fallo.-
LA SECRETARIA
OMAIRA ALEJANDRA URANGA
JGV/oau/mb.-
ASUNTO N° AH22-X-2009-000029
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