REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-003634
PARTE ACTORA: DAVI A FRANQUIZ GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GIAN CARLOS DI GREGORIO
PARTE DEMANDADA: CENTRO MEDICO DE CARACAS, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROXANA MEDINA Y OTROS
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy cinco (05) de noviembre de dos mil nueve (2009), siendo las 3:15 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que comparecen las abogados Julieta Ramos Prince y Mariah Flores Rodríguez, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los números 137.209 y 107.260, respectivamente. Asimismo, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, en consecuencia y aplicando lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Milagros Jiménez
Abg. Yrma Romero
Apoderadas judiciales de la parte demandada
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