REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, veinte (20) de Octubre de Dos Mil Nueve (2009)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-010445

Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, ante quien se identificó a sus firmantes ciudadana ALBERTINA MARTINEZ TORREALBA, titular de la cédula de identidad N° V-6.339.666, actuando en nombre y representación de sus hijos la niña y adolescentes (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), así como de las ciudadanas YURAYMI DE JESUS, YEJALI YORIFE y YOHANA MAIRE CARRILLO MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.929.757, V-15.929.758 y V-18.751.168 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada JENNY LORENA MARIN GUILARTE en su carácter de Defensora Pública Séptima (7) de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas.
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente la Copia Certificada del Acta de Nacimiento de la niña y los adolescentes de autos insertas del folio (05) al (09); Copia Certificada del Acta de Nacimiento de las Ciudadanas YOHANA MAIRE, YEJALI YORIFE y YURAYMI DE JESUS CARRILLO MARTINEZ insertas del folio (10) al (12) del presente asunto; Copia Certificada del Acta de Defunción del ciudadano JESUS GREGORIO CARRILLO expedida por el Jefe Civil de la Parroquia El Valle del Municipio Libertador del Distrito Federal hoy Municipio Libertador del Distrito Capital; Copia Fotostática de la Cédula de Identidad de los adolescentes de autos y las ciudadanas YOHANA MAIRE, YEJALI YORIFE y YURAYMI DE JESUS CARRILLO MARTINEZ; y apreciadas las declaraciones de las testigos promovidas por los solicitantes, ciudadanos NATALY DEL CARMEN DELGADO, DIEGO LUNAR GRAU y CELIS ALIRIO SAEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad Nros. V- 14.681.964, V-9.486.664 y V-5.769.111 respectivamente. En consecuencia, esta Jueza Unipersonal XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido ciudadano JESUS GREGORIO CARRILLO, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.956.934 a las ciudadanas YURAYMI DE JESUS, YEJALI YORIFE y YOHANA MAIRE CARRILLO MARTINEZ, a la niña y a los adolescentes (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA). Así se declara.
LA JUEZ,

ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,

ABG. CIOLIS MOJICA

Motivo: Solicitud de Titulo Únicos y Universales Herederos
ASUNTO: AP51-S-2008-010445
YCH/CM/Yvette