REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 30 de octubre de 2009
199º y 150º


ASUNTO: N° AP41-U-2009-000309.- INTERLOCUTORIA Nº 112

Visto el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha veintiséis (26) de mayo de 2.009, por la ciudadana Luisana H Guevara Pacheco, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.033.006, abogada en ejercicio inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 115.937 actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la contribuyente “CAR WASH ANJO’S, C.A.”, en contra de la Resolución N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA/2009-000404 de fecha veinticinco (25) de Febrero de 2009, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual declara Inadmisible los dos (2) Recursos Jerárquicos interpuestos en fecha diecinueve (19) de Julio de 2007 y en consecuencia confirma la Resolución N° 9709 (Decisiones desde la 1/21 a la 21/21), por concepto de multa contenida en las planillas de liquidación que se especifican a continuación:

Período Planilla de Liquidación N° Fecha Sanción U.T.
Abril -2004 01-10-01-2-26-006307 30-03-2006 150
Junio-2003 01-10-01-2-26-006308 30-03-2006 75
Julio-2003 01-10-01-2-26-006309 30-03-2006 75
Agosto-2003 01-10-01-2-26-006310 30-03-2006 75
Septiembre -2003 01-10-01-2-26-006311 30-03-2006 75
Octubre-2003 01-10-01-2-26-006312 30-03-2006 75
Noviembre-2003 01-10-01-2-26-006313 30-03-2006 75
Diciembre-2003 01-10-01-2-26-006314 30-03-2006 75
Enero-2004 01-10-01-2-26-006315 30-03-2006 75
Mayo-2003 01-10-01-2-26-006316 30-03-2006 75
Marzo-2004 01-10-01-2-26-006317 30-03-2006 75
Mayo-2004 01-10-01-2-26-006318 30-03-2006 75
Junio-2004 01-10-01-2-26-006319 30-03-2006 75
Julio-2004 01-10-01-2-26-006320 30-03-2006 75
Agosto-2004 01-10-01-2-26-006321 30-03-2006 75
Septiembre-2004 01-10-01-2-26-006322 30-03-2006 75
Octubre-2004 01-10-01-2-26-006323 30-03-2006 75
Febrero-2004 01-10-01-2-26-006324 30-03-2006 75
Octubre-2004 01-10-01-2-25-000626 30-03-2006 25
Noviembre-2004 01-10-01-2-27-001699 30-03-2006 5
Octubre-2004 01-10-01-2-28-001421 30-03-2006 2,5

estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los treinta (30) días del mes de octubre de dos mil nueve (2.009). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Abg. Javier Sánchez Aullón.
La Secretaria Suplente,

Judith Hidalgo Jiménez.










Asunto N° AP41-U-2009-000309.-
JSA/ith