REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, diecinueve (19) de octubre de dos mil nueve (2009).

199° y 150°

Vista la diligencia de esta misma fecha diecinueve (19) de octubre de dos mil nueve (2009), estampada por la ciudadana ARIANNY VALLES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.801.626 debidamente asistida por el abogado en ejercicio CARLOS A. BAHACHILLE B. inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 111.037, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción en el presente recurso, este Tribunal homologa dicho desistimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo dispone el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y en consecuencia se ordena remitir el presente expediente, bajo Oficio a la Oficina respectiva.

EL JUEZ PROVISORIO,

LA SECRETARIA Acc.,











Exp. N° 6444
FMM/Brymel