REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH11-F-2008-000081

Por recibida y vista la anterior demanda y sus recaudos, presentado por el ciudadano ESTEBAN CARLOS RICARDO PEÑA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, de profesión militar con grado Coronel Guardia Nacional en situación de Retiro, y titular de la cédula de identidad No. V-4.172.928, asistido en este acto por el abogado RIGOBERTO QUINTERO AZUAJE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 32.434, por cuanto la misma no es contraría al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha derecho. En consecuencia, emplácese a la parte demandada, ciudadanos LILIAN DOLORES GARCIA POLEO y CARLOS ALEJANDRO PEÑA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.577.008 y V-19.023.250, respectivamente y de este domicilio, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte ( 20 ) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la última de las citaciones, a fin de que den contestación a la referida demanda, a cualquiera de las horas indicadas en la tablilla ( 8:30 A.M. a 3:30 P.M.). En consecuencia se ordena notificar al representante del Ministerio Público, previa a
toda actuación, ordenándose para ello librar la respectiva boleta, anexándosele las respectivas copias certificadas. Compúlsese el libelo de demanda, junto con su auto de comparecencia al pie y entréguense al ciudadano alguacil del Circuito; previo suministro de los fotostatos requeridos, consignados por diligencia.
LA JUEZ,

MARIA ROSA MARTINEZ C. LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMIREZ
MRMC/NCR/gm
EXP.No. 46209
AH11-F-2008-000081