REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dieciséis (16) de octubre de 2009
Años 199° y 150°
De la revisión realizada a las actas que conforman el presente expediente se puede apreciar que en el escrito de informe presentado por la parte demandada, en fecha 12 de abril de 2007, por ante esta alzada, la parte manifestó que la apelación realizada por la parte actora fue extemporánea, por lo que se ordena solicitar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, un cómputo de los días de despachos transcurridos desde el treinta y una (31) de octubre de 2006, exclusive, (fecha de presentación de los informes en instancia), así como de los ochos (08) días de despacho para observaciones y de igual manera de los sesenta (60) días continuos para dictar sentencia, así como del lapso de los cinco (05) días de despacho para ejercer el respectivo recurso de apelación, toda vez que la sentencia dictada por ese Juzgado fue en fecha 19 de enero de 2007, ello a los fines de verificar si la apelación realizada por la representación judicial de la parte actora fue realizada de manera oportuna o extemporánea. Líbrese oficio.
El Juez,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
El Secretario,
RICHARS MATA.
VGJ/RM/kl
Exp: 9544
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dieciséis (16) de octubre de 2009
Años 199° y 150°
Oficio N° 2009-A-
Ciudadano:
Juez Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho
Me dirijo a usted, con la finalidad de solicitar su valiosa colaboración, en el sentido que ser sirva realizar por secretaría y remitir a este Tribunal un cómputo de los días de despachos trascurridos desde el treinta y una (31) de octubre de 2006, exclusive, (fecha de presentación de los informes en instancia), así como de los ochos (08) días de despacho para observaciones y de igual manera de los sesenta (60) días continuos para dictar sentencia, así como del lapso de los cinco (05) días de despacho para ejercer el respectivo recurso de apelación, toda vez que la sentencia dictada por ese Juzgado fue en fecha 19 de enero de 2007, ello a los fines de verificar si la apelación realizada por la representación judicial de la parte actora fue realizada de manera oportuna o extemporánea. En juicio que por Cobro de Bolívares sigue Antoine Jamil Assaf contra David Augusto Quijada Herrera, el cual fue sustanciado en el expediente asignado con el Nº 41717, de la nomenclatura llevada por el Tribunal a su cargo.
Solicitud que se hace, en virtud de que el cómputo es indispensable para saber si se actuó dentro del lapso legal establecido en la ley.
El Juez,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl
Exp: 9544