REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dos (02) de octubre de 2009.
Años 199º y 150º
Vista la diligencia suscrita por el abogado Rodolfo Antonio Rodríguez Lanz, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 75.072, mediante la cual solicita la notificación de la ciudadana Jeannette Ludmila Arcia Pérez, parte codemandada, de conformidad con lo establecido en el articulo 174 del Código de Procedimiento Civil; En virtud de la sentencia proferida por este Juzgado en fecha 01 de Julio de 2009; Este tribunal niega dicha solicitud por cuanto en el folio trece (13) del presente expediente se pude apreciar el domicilio de la referida ciudadana, en consecuencia, se ordena la notificación de la ciudadana Jeannette Ludmila Arcia Pérez o en la persona de sus apoderados judiciales, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese boleta.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO
RICHARS MATA
VGJ/RM/Kl
Exp: 9872
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 02 DE OCTUBRE DE 2009
Años 199° Y 150°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana Jeannette Ludmilla Arcia Pérez , o en la persona de sus apoderados judiciales abogados, Edison Crespo y Zuly Coromoto Campos, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos los números 10.212 y 55.859, respectivamente; parte demandada en el juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento, sigue en su contra lo ciudadanos Dalbare Daniel González Sarmiento y Mirna Elizabeth Lara de González, sustanciado en el expediente signado con el número 9872, nomenclatura llevada por este Tribunal; este Juzgado por auto de esta misma fecha acordó su notificación, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 01 de Julio de 2009.-
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZALEZ JAIMES
VGJ/RM/kl. Exp. 9872