REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO N° AP31-F-2009-002954
SOLICITANTES: FRANCISCO JAVIER BRITO VILLEGAS y MILAGROS DEL VALLE MOH LUGO
MOTIVO: PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL.

Visto el anterior escrito contentivo de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentado por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER BRITO VILLEGAS, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.217.385, asistido por la abogada MILAGROS DEL VALLE MOH LUGO, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.111.851 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.041, quien actúa en su propio nombre y representación, en el cual convienen en liquidar de mutuo y común acuerdo, los bienes adquiridos durante su unión conyugal. Revisados los recaudos consignados en dicho escrito, entre ellos la copia de la sentencia dictada el 14 de agosto de 2008, por la cual la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Juez Unipersonal N° 12, declaró el divorcio de los referidos ciudadanos con su respectivo auto de ejecución, dictado por el mismo Tribunales 21 de octubre de 2008, y los documentos mediante los cuales se evidencia que los bienes sobre los cuales se acordó la partición y liquidación pertenecían en su totalidad a la comunidad y no a terceras personas. Por cuanto dicha partición y liquidación se realiza según lo previsto en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil entre personas mayores de edad, en el libre ejercicio de sus derechos, este órgano jurisdiccional le imparte su HOMOLOGACIÓN, en los mismos términos expuestos por los solicitantes.
Publíquese y regístrese, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 eiusdem.
Dada, firmada y sellada a los siete (07) días del mes de octubre de dos mil nueve (2009), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
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JUAN CARLOS CARVAJAL RUÍZ.
En esta misma fecha, y siendo la una de la tarde (1:00 p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
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JUAN CARLOS CARVAJAL RUÍZ.






ZMRZ/JCCR/nataly.
ASUNTO N° AP31-F-2009-002954.