REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
LA VICTORIA, 22 DE OCTUBRE DE 2009
En el juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoado por la ciudadana ADELINA BEATRIZ GUZMAN venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.968.106, contra el ciudadano JOHAN CARLOS MELENDEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.471.464, habiendo las partes llegado a un acuerdo conciliatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, ni trata sobre asuntos que no sea posible la conciliación,, este Tribunal HOMOLOGA el presente convenimiento en todas y cada una de sus partes de la siguiente manera: PRIMERO: El ciudadano JOHAN CARLOS MELENDEZ GUEVARA se compromete a suministrar la cantidad de TRECIENTOS BOLIVARES CON 00/100 (BS.300,oo) mensuales, le sean descontados directamente de la empresa y depositados en la cuenta de Ahorro Nº 0007-0087-81-0010005591. SEGUNDO: En cuanto a los gastos navideños el ciudadano JOHAN CARLOS MELENDEZ GUEVARA , expone se le descuente el 30 º/º como fue acordado por el Tribunal. TERCERO: En relación a los Gastos Escolares el padre se compromete a entregarselo a la ciudadana ADELINA BEATRIZ GUZMAN en virtud de que la Empresa se lo entrega directamente al demandado. CUARTO: Ambos ciudadanos manifiestan que se dejen sin efecto las medidas decretadas en base al 25 º/º del salario mensual del demandado en relación a las Prestaciones Sociales se fija 24 mensualidades futuras, en caso de retiro o renuncia del demandado el cual será remitido en cheque de gerencia al Tribunal. QUINTO; Solicito el cierre del expediente Nº 21.847. SEXTO: Solicito sean insertadas las copias de las partidas de nacimiento de los niños ANGELICA DE LA CRUZ Y YORMAN DANIEL MELENDEZ GUZMAN. Oficiese lo conducente a las INDUSTRIAS UNICON C.A. LA VICTORIA- ESTADO ARAGUA. Líbrese oficio correspondiete .
LA JUEZA PROVISORIA
ABG.EUMELIA VELASQUEZ M. LA SECRETARIA,
ABG. JHEYSA ALFONZO
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. EUMELIA VELASQUEZ M. LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
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