REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Por presentada la anterior solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, por los ciudadanos MANUEL VILLANUEVA GUARDADO Y LISBETTE MARÍA VITAL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, identificados con las cédula de identidad Nros. V-7.262.143 y V-12.567.650, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio AURA MATILDE ESLAVA GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.181, Desele entrada y anótese en los libros respectivos. Admítase. En cuanto a lugar en derecho. Leído la solicitud los comparecientes manifestaron su conformidad, por lo que éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, todo de conformidad con el Artículo 762 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, entre los ciudadanos los ciudadanos MANUEL VILLANUEVA GUARDADO Y LISBETTE MARÍA RIVAS VITAL, antes identificados, cuyo matrimonio se efectúo por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha (11) de octubre de 2007, según consta de acta anotada bajo el N° 214, Tomo IV, año 2007.- Expidase por secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. NORA CASTILLO
LA SECRETARIA
ABG. MARÍA ALVAREZ
exp. 12.095-09
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