REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
El juicio que por Resolución de Contrato de Arrendamiento sigue el ciudadano LAURENTINO USECHE MONSALVE, identificado con la cédula de identidad número V-2.754.036, judicialmente representado por los abogados JULIO CESAR CARRERO FRANCHEZ y ALIX JUDITH JIMENEZ CARRERO, respectivamente inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 6.449 y 99.781, contra la ciudadana SARA BELEN LANDAETA CHAURELL, identificada con la cédula de identidad número V-7.221.300, sin representación judicial acreditada en autos, se inicia con demanda admitida por auto de fecha 03 de agosto de 2009, mediante el cual se ordena emplazar a la demandada, para que comparezca al segundo (2°) día de despacho siguiente al que conste en autos su citación, a dar contestación a la demanda.
ÚNICO
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que la parte actora no ha comparecido por sí o por medio de apoderado judicial alguno, a continuar con los trámites de la citación de la parte demandada. Constata este Tribunal que ha transcurrido un lapso mayor de treinta (30) días, desde que fuera admitida la demanda (03-08-2009), sin que el accionante hubiera comparecido a impulsar dicha citación, de allí que se han producido los efectos previstos en el ordinal primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que toda causa se extingue transcurrido treinta (30) días a contar desde la fecha de admisión de la demanda cuando el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la citación del demandado. Tal circuntancia produce la perención de la instancia, la cual deberá decretar en la dispositiva del presente fallo, y así se declara.
DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en el juicio que por Resolución de Contrato, sigue la ciudadano LAURENTINO USECHE MONSALVE, contra la ciudadana SARA BELEN LANDAETA CHAURELL, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión.
Publíquese y regístrese. Déjese copia de la presente decisión conforme lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay,
Año: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. NORA CASTILLO
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA EUGENIA ÁLVAREZ
En la misma fecha, siendo las 10:00 AM horas de la mañana se publicó la presente decisión.-
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA EUGENIA ÁLVAREZ
NC/MEA/jcqg
Exp. 12.022-09
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