REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITANTE: ELIZABETH ALVARADO
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE N°: 443-09
Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana ELIZABETH ALVARADO, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.515.736, debidamente asistida por la Abogado LIGIA SERRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.543, quien solicitó por ante este Tribunal la Rectificación de su Acta de Nacimiento, este Despacho observa:
La mencionada Acta corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio José Antonio Páez, Distrito Girardot del Estado Aragua, en el año 1947, la cual quedó anotada bajo el N° 649, Tomo 2, de fecha 29 de Septiembre de 1947.- El error denunciado consiste que al asentar el acta de Nacimiento de la solicitante ut supra, se incurrió en transcribir incorrectamente su nombre, pues siendo el nombre correcto “ELIZABETH…”; se asentó: “ELIZABET…”. Para efecto probatorio el solicitante consignó los siguientes recaudos:
1.Copia Certificada del Acta de Nacimiento, expedida por El Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua.
2.Copia Fotostática de la cédula de identidad.
Ahora bien, probado como ha sido lo alegado, y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta,
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