REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.- Maracay, (09) de OCTUBRE de 2009
199° y 150°
Por presentado el anterior escrito constante de cinco (05) folios útiles y sus anexos constante de ciento noventa y cinco (195) folios útiles, por la ciudadana BLANCA COROMOTO COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.262.268, debidamente asistida por el abogado YELIBETH TRINIDAD JARAMILLO MANZOL, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 66.943, contentivo de la formalización de la QUERELLA FUNCIONARIAL, así como la copia del caso de autos, el Tribunal con vista a la querella interpuesta por la referida ciudadana, contra EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CIUDADANO SAMIL EDREI LOPEZ CORREA.- Désele entrada en el libro de causas bajo el N° 10.166. Admítase cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en los Artículos 93 y 98 de la Ley del Estatuto de la función Pública. En tal sentido, y a los fines de garantizar el debido proceso consagrado en el Artículo 49 de nuestra Carta Magna, y, como quiera que dicha solicitud pertenece a una materia especial, lo que conlleva a éste Tribunal declararse INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa, en conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil.-