REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, trece de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: DP11-S-2009-000027

PARTE OFERENTE: BIOVEN C.A.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: abogada LYLA AREVALO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.116.890.

PARTE OFERIDA: JUAN LAYA, titular de la cédula de identidad No.V-8.744.356.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: abogado ISVIEL RODRIGUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.116.971.

MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy martes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, comparecen por la parte oferente la ciudadana LYLA AREVALO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.116.890, en su carácter de apoderada judicial como reevidencia del instrumento poder que corre inserto a los folios 4 al 6 de los autos y por la parte oferida el trabajador JUAN LAYA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.744.356, debidamente asistido por el abogado supra identificado, quienes exponen: Ambas partes solicitan a la Ciudadana Jueza, la celebración de la audiencia preliminar.- En este estado, esta rectora acuerda lo solicitado por las partes y declaró abierto el acto dando inicio a la mediación.- En este estado ambas partes exponen: Que han decido de mutuo acuerdo, dar por terminado el presente asunto judicial haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos como es la mediación parte oferente entrega en este acto a nombre del ciudadano JUAN LAYA, titular de la cédula de identidad No.V-8.744.356, cheque No.28473121, contra la Cuenta Corriente No.0105010832110831005 de la Entidad Bancaria BANCO MERCANTIL, de fecha 1/10/09 por el monto de QUINCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UN BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs.15.981,41) por concepto de salarios caídos y el segundo cheque signado con el No. 99473133, por concepto de pago único transaccional, contra la cuenta corriente arriba señalada de la Entidad Bancaria supra indicada, por el monto de DOCE MIL CUARENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.F. 12.049, 87), sumando dichos montos a la cuenta de ahorros aperturada a favor del trabajador oferido por la cantidad de DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON 72/100 CENTIMOS (Bs.12.968,72). El ciudadano JUAN LAYA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.744.356, debidamente asistido por el abogado supra identificado, recibe en este acto los identificados instrumentos mercantiles y manifiesta que con dicho pago y con lo depositado a mi favor en la cuenta de ahorros del Banco BANFOANDES, identificada con el No.70061470060215203 la empresa no queda nada que deberle por concepto de prestaciones sociales establecidas en la Ley Orgánica del Trabajo, salarios caídos, articulo 125 de la Ley Orgánica de Trabajo.