República Bolivariana De Venezuela
Juzgado Tercero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.-
Maturín, 29 de Septiembre de 2.009.-
199° y 150°
EXP. N° 2395.-
De las partes, sus apoderados y de la acción deducida:
1. Que las partes en este Juicio son:
OFERENTE: Sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, el 13 de Noviembre de 1.987, anotada bajo el Nro. 16, Tomo 53-A-Sgdo.-
APODERADO JUDICIAL DE LA OFERENTE: RAFAEL ERNESTO DOMÍNGUEZ PADRÓN, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 71.191, de conformidad con Instrumento poder el cual riela en autos del folio cinco (5) al nueve (9) del presente expediente.-
OFERIDA: YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.434.898 y de este domicilio.-
ASISTENCIA JUDICIAL DE LA OFERIDA: JOSÉ ALCALÁ BRITO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.544.-
2. Que la acción deducida es: OFERTA REAL DE PAGO.-
ANTECEDENTES
En fecha 12 de Mayo de 2.009, se recibió por Distribución OFERTA REAL interpuesta por la Sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), supra identificada, mediante su apoderado Judicial RAFAEL ERNESTO DOMÍNGUEZ PADRÓN, en la cual se ofrece a la ciudadana YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, las llaves de un inmueble constituido por una casa, ubicada en la Avenida Raúl Leoni, urbanización Juanico Country, Calle 1, Casa Nro. 2, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas y solvencia del servicio eléctrico correspondiente a dicho inmueble, fundamentando la presente acción, en la negativa por parte de la oferida de recibir las llaves y solvencia antes mencionadas.-
El oferente sustenta el presente procedimiento en los hechos que el Tribunal resume de la siguiente manera: Comienza afirmando que consta de documento privado que la Sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), celebró contrato de arrendamiento el cual tuvo por objeto una casa, ubicada en la Avenida Raúl Leoni, urbanización Juanico Country, Calle 1, Casa Nro. 2, Maturín, Estado Monagas, asimismo afirma que en diversas oportunidades la sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), ha manifestado al oferido su voluntad de entregarle el inmueble, pero este se ha negado a recibirlo so pretexto de que el inmueble presenta un bote de agua en el patio, es por ello que el oferente ofrece formalmente al oferido el juego de llaves del referido inmueble objeto del anterior contrato y la solvencia del servicio eléctrico.-
La presente OFERTA REAL DE PAGO fue admitida en fecha 14 de Mayo de 2.009, por cuanto la misma no es manifiestamente contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, realizándose las anotaciones pertinentes en el respectivo Libro de entrada de causas, bajo el N° 2395. Tal y como se evidencia al folio veinticuatro (24) del presente expediente.-
En fecha 19 de Mayo de 2.009, comparece por ante este Despacho Judicial, el Apoderado Judicial de la Oferente y solicita el traslado del Tribunal a los fines de constituirse en la dirección de la ciudadana YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, y realizar el correspondiente ofrecimiento; en tal sentido, este Tribunal fijó para el Séptimo (7°) día siguiente a la fecha de publicación del auto (21/05/2.009) a los fines de realizar el traslado.-
En fecha 03 de Junio de 2.009, día fijado para el traslado del Tribunal a los fines de realizar el correspondiente ofrecimiento, y una vez encontrándose en la dirección de la Oferida (YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ) se procedió a tocar las puertas en varias oportunidades, no siendo atendidos por persona alguna, no pudiendo realizarse el ofrecimiento pactado, todo lo cual consta de acta levantada al efecto, la cual riela en autos al folio veintisiete (27).-
En fecha 28 de Septiembre de 2.009, comparece por ante este Juzgado la ciudadana YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, supra identificada, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSÉ ALCALÁ BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 120.544, y consigna escrito mediante el cual solicita le sean entregadas las llaves de su inmueble, ya que acepta la oferta hecha por la empresa, y a la vez solicita la homologación de dicha aceptación, dando por terminada la presente causa.-
Siendo que la ciudadana YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, supra identificada, manifestó su ACEPTACIÓN, a la OFERTA REAL presentada por la Sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), este Tribunal a los efectos de impartir la Homologación a la misma, luego de estudiadas las actas procesales que conforman el expediente se pronuncia de la siguiente manera:
De autos se constata la capacidad que posee la ciudadana YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, para recibir el Juego de llaves y la solvencia del inmueble, puesto que es ella quien funge como arrendadora del mismo y la presente oferta fue realizada a su favor; de igual forma la Sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), posee capacidad para realizar la presente OFERTA REAL.-
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado debe afirmar que las referidas circunstancias fácticas y jurídicas hacen procedente en derecho impartir la HOMOLOGACIÓN A LA ACEPTACIÓN realizada por la ciudadana YAMILIS MARIA MACHAREKCHY RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.434.898 y de este domicilio, en virtud de la OFERTA REAL DE PAGO, presentada por la Sociedad Mercantil M-I DRILLING FLUIDS DE VENEZUELA, C.A.” (“M-I SWACO”), inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, el 13 de Noviembre de 1.987, anotada bajo el Nro. 16, Tomo 53-A-Sgdo. En consecuencia: se ordena la entrega del Juego de llaves y la solvencia correspondiente al inmueble constituido por una casa, ubicada en la Avenida Raúl Leoni, urbanización Juanico Country, Calle 1, Casa Nro. 2, de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas, de igual forma, se declara terminado el presente procedimiento, en tal sentido se ordena el archivo del mismo.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente Certificada.-
Dado, Firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de los Municipios, Maturín, Aguasay, santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín, a los veintinueve (29) días del mes de Septiembre del Año Dos Mil nueve (2.009).- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.- siendo las tres y veinte (03:20) horas de la tarde.-
LA JUEZ TITULAR,
Abg. ODIELYS HERDE MARCANO.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. MARIA PATETE BRIZUELA.
En esta misma fecha siendo las 03:20 P.M., se dictó y publicó el anterior auto y se le dio cumplimiento a lo ordenado en él.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. MARIA PATETE BRIZUELA.
OHM/MPB/IndiraRamnarine.-
Exp. N° 2395
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