REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-000083
PARTE ACTORA: MAIJES FERNANDO QUEVEDO RODRIGUEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARIA SUAZO SUAREZ Y OTROS
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ROMATILLO 2005 C.A; INVERSIONES NUEVA COLUMBIA 2004 C.A; LA SABANA 2003 C.A (RESTAURANT LA ROMANISSIMA)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: VICTOR LUCENA Y OTROS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Visto escrito de Transacción de fecha 13 de Agosto de 2009, presentado por los ciudadanos MARIA OFELIA SUAZO SUAREZ, abogado inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 63.410, en su condición de apoderada judicial de la parte actora MAIJES FERNANDO QUEVEDO RODRIGUEZ y por VICTOR LUCENA, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 76.664, en su condición de apoderado judicial de las Demandadas INVERSIONES ROMATILLO 2005 C.A; y LA SABANA 2003 C.A (RESTAURANT LA ROMANISSIMA), en la demanda que por prestaciones sociales, interpuso la parte actora; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de mediacion, le imparte la HOMOLOGACION DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. 11.000,00; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, en vista que consta en autos el pago total del monto de la transacción celebrada, se ordena dar por terminado el presente proceso, y su consecuente remisión al archivo judicial; Asimismo, de conformidad con el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se acuerdan de oficios dos (02) juegos de copias certificadas a los fines de ser entregadas a las parte (actor y demandada) . Así se establece.-
La Jueza El Secretario

Abg. Vilma Leal Abg. Oscar Rojas