REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de septiembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2009-000632
Visto el escrito presentado en fecha 14 de agosto de 2009, contentivo de la transacción presentada por el abogado JUAN REYES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 103.505, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS PAHORCA, C.A., y por el ciudadano JESÚS ALBERTO SERRANO, titular de la cédula de identidad Nro.- 12.304.387, en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado GERMAN ZANONI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 60.464, mediante la cual las partes convienen en que la suma a ser pagada por la parte oferente a la parte oferida es de Bs. 10.056,93, mediante cheque Nro.- 03801402, girado contra la cuenta del Banco Banesco, manifestando la parte oferida que nada tiene que reclamar por ningún concepto; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada.
La Juez
El Secretario
Nereida Hernández González
Oscar Rojas
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