REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
De Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal VI
Caracas, 29 de septiembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2006-016197
Por cuanto el Abogado JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA, fue designado como Juez Temporal del Tribunal de Protección de Niños Niñas y Adolescentes; Sala de Juicio Nº VI, mediante oficio Nº CJ-08-2799 de fecha doce (12) de Diciembre de 2008, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha once (11) de Diciembre de 2008; con motivo de la designación del Dr. JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ REYES como Juez Temporal en la Corte Segunda de Apelaciones de este Circuito Judicial; el mismo se aboca al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, de conformidad con lo establecido en el articulo 90 del Código de Procedimiento Civil.
Se inició el presente procedimiento de Medida de Protección de Colocación Familiar, solicitada por Los ciudadanos PABLO EMILIO ROSARIO BRICEÑO y ESTELA MARIA VILLA MATOREL, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.319.325 y E-82.191.694, respectivamente, a favor de la entonces Adolescente XXXXXXXXXX; ahora bien, de la revisión de las actas que integran el presente asunto, se evidencia que la ciudadana YOLIMAR EMELY DE JESUS GRATEROL ROSARIO, nació en fecha Dieciocho (18) de Noviembre de Mil Novecientos Noventa (1990), observándose que la misma ha alcanzado la mayoría de edad y, siendo que ha adquirido plena capacidad civil, este Juez Unipersonal VI del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara TERMINADO el presente asunto y se ordena el cierre del expediente y su Desincorporación del Archivo Sede. Así se decide.
El Juez


Abg. José Alberto Nunes Marquina
El Secretario


Abg. Alfredo Pereira
AP51-V-2006-016197
JANM/AP/LEIDYS