REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 16 de septiembre de 2009
199º y 150º
Visto el escrito que antecede suscrita por la ciudadana Edna Liliana Ramírez Rojas, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 60807, actuando en su carácter de apoderada judicial de los solicitantes, mediante el cual solicita el avocamiento de la Juez al conocimiento de la presente causa y da cumplimiento a lo solicitado por el Tribunal mediante auto de fecha 29 de septiembre del 2008, señalando que la separación de los solicitantes se materializó desde julio del 2003, este Juzgado a los fines de pronunciarse sobre dichos pedimentos observa:
En cuanto al avocamiento de la Juez se niega lo solicitado por cuanto la DRA. MARIA ROSA MARTINEZ C, Juez de este Tribunal no se ha desprendido del conocimiento de la causa.
En lo que respecta a la admisión de la presente solicitud, este Tribunal observa que la presente solicitud ha sido planteada dentro de los supuestos contemplados en los artículos 185-A del Código Civil, por lo que resulta procedente la solicitud suscrita por los ciudadanos CAMILO JAVIER SIJINDIOY y MONICA LISBETH MALDONADO CORREA, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.758.263 y V-14.038.865, respectivamente, En consecuencia LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ó alguna disposición expresa en la ley. En consecuencia, se ordena citar al representante del Ministerio Público, quien deberá comparecer por ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga a los fines de que exponga lo que crea conducente con relación al presente juicio, ordenándose para ello librar la respectiva boleta y anexándosele copia certificada de la solicitud y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos respectivos los cuales deberán ser consignados mediante diligencia.-
La Juez
La Secretaria
Exp. No AH11-F-2008-090 (45936)
Angel