REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, dieciocho de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: AP31-S-2009-000392
SOLICITANTE: LOLA NOGUE PEY
MOTIVO: SOLICITUD DE NOTIFICACIÓN JUDICIAL


Se inicio el presente procedimiento por escrito presentado el (9) de marzo de 2009, por la abogada Cora Farías Altuve, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 10.595, en carácter de apoderada judicial de la ciudadana LOLA NOGUE PEY, titular de la Cédula de Identidad No. V. 3.160.952, mediante el cual solicitó que el Tribunal se trasladase a la dirección allí indicada a notificar al ciudadano HÉCTOR ADOLFO VILLASMIL RAMOS, titular de la Cédula de Identidad No. 10.790.098, en carácter de arrendatario, que no le sería renovado el contrato de arrendamiento celebrado sobre el inmueble propiedad de la solicitante, en los términos indicados en el escrito. Se fijó el traslado para el día 7 de abril de 2009, a las (9:30) de la mañana; advirtiéndole a la solicitante que debía comparecer al Tribunal antes de la hora fijada para que trasladase a los funcionarios judiciales. Sin embargo, tal como consta del acta levantada en la indicada fecha, fue anunciado el acto por el Alguacil y no compareció persona alguna para el traslado fijado, motivo por el cual el Tribunal acordó no trasladarse, por cuanto no estaba obligado a hacerlo por sus propios medios. Posteriormente, ninguna persona que representase a la solicitante, compareció a impulsar la notificación solicitada; constatándose una pérdida de interés procesal en la solicitud. Por tales razones, este Juzgado la da por terminada y ordena su archivo, toda vez que no hay recaudos originales que devolver. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR,

ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
EL SECRETARIO,

JUAN CARLOS CARVAJAL RUIZ



En esta misma fecha (18-9-2009), y siendo las (10:20) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,