ASUNTO: AP31-F-2009-001766
Visto el escrito presentado por la ciudadana EMELIN GORLIANI PRADO TOVAR, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.627.765, debidamente asistida por el abogado de la Oficina Jurídica Gratuita Dirección General de Seguridad Jurídica e Instituciones Religiosas, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Doctor HAROLD VELASQUEZ CARREÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.497, en donde solicita la Rectificación de Acta de Defunción de su padre, JORGE JOSE PRADO ROJAS, quien era identificado con la cédula de identidad N° 4.252.275, quien falleció AB-INTESTADO, el día 23 de abril de 2009, según se evidencia en el acta de defunción anotada bajo el N° 561, en los Libros de Registro de la Alcaldía del Municipio Libertador, Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Sucre, correspondiente al año 2009, ya que adolecen los siguientes errores: En ella se menciona que el padre de la solicitante se le identificó como de: Estado Civil Soltero, siendo esto incorrecto ya que lo correcto es de: Estado Civil Casado, así mismo en dicha acta se identificó a la solicitante como: Emelyn Gorliani, siendo esto Incorrecto por cuanto lo correcto es: Emelin Gorliani, para probar lo alegado la solicitante de la presente Rectificación de Acta de defunción consignó a los autos original del acta errada objeto de la presente solicitud, original de acta de matrimonio, así como partida de nacimiento y cédula de identidad de la solicitante, Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida, este Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma sumaria la presente solicitud, en consecuencia, se ordena al Registro de la Alcaldía del Municipio Libertador, Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Sucre, estampar la nota marginal del acta de defunción perteneciente al ciudadano JORGE JOSE PRADO ROJAS, anotada bajo el N° 561, de la siguiente manera: En donde dice: Estado Civil SOLTERO, debe decir Estado Civil CASADO. Así mismo donde dice EMELYN GORLIANI, debe decir: EMELIN GORLIANI. Y así se declara. Líbrense oficios a las autoridades respectivas y anéxese al mismo copia certificada de la presente decisión. Líbrense oficios. Y así se decide.
EL JUEZ,
Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
La Secretaria del Tribunal deja constancia que se requieren fotostatos para proveer lo ordenado en el anterior auto.
LA SECRETARIA,
Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.
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