PODER JUDICIAL
Tribunal (39) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 13 de julio de 2009
199º y 150
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002750
PARTE ACTORA: ROSA CAROLINA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 14.679.754
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: HILSY MARÍA SILVA RONDON, inscrita en el inpreabogado 69.213
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE ATENCIÓN Y DESARROLLO INTEGRAL DEL NIÑO LÍA IMBER DE CORONIL SRL
DIRECTOR GERENTE: SONNY JET KATIUSKA TORTORELLA DE ALMALEH, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 6.084.629
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS FEBRES, inscrito en el inpreabogado bajo el número 17.069.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 13 de julio de 2009, siendo las 10 am día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la parte demandante ROSA CAROLINA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº14.679.754, y su apoderada judicial HILSY MARÍA SILVA RONDON, inscrita en el inpreabogado 69.213, y por otra parte, comparece la ciudadana SONNY JET KATIUSKA TORTORELLA DE ALMALEH, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 6.084.629, en su carácter de directora gerente de la parte demandada INSTITUTO DE ATENCIÓN Y DESARROLLO INTEGRAL DEL NIÑO LÍA IMBER DE CORONIL SRL asistida en este acto por el abogado ALEXIS FEBRES, inscrito en el inpreabogado bajo el número 17.069, consignando en este acto copia de los estatutos que la acreditan como directora de la parte demandada. En este estado ambas partes llegan a la siguiente transacción: Las partes de común acuerdo y haciéndose reciprocas concesiones, convienen en fijar como arreglo total y definitivo de todos y cada una de los beneficios, conceptos y derechos que le corresponden o pudieran corresponder a la parte actora la cantidad de cuatro mil quinientos bolívares (Bs. 4.500,00), que será cancelada en fecha 14 de julio de 2009. Con la presente transacción se deja constancia que se encuentran incluidos todos y cada uno de los conceptos demandados que se dan por reproducidos en este acto. Así mismo, las partes solicitan dos copias certificadas de la presente transacción y del libelo de demanda. Las partes reconocen y aceptan el carácter de cosa juzgada que la presente transacción tiene a todos los efectos legales, por haber sido celebrada en presencia del Juez Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y el Artículo 1.718 del Código Civil, y solicitan del ciudadano Juez le imparta la homologación correspondiente.
En este estado el Juez, verificando que se encuentran presentes las partes y manifestando todos estar de acuerdo con el contenido de la transacción y que actúan libre de constreñimiento, es decir en forma voluntaria y que aceptan conforme la transacción antes indicada con fundamento en los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 6º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e igualmente en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 y 11 de su Reglamento. En consecuencia, este Juzgado Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada entre la apoderada judicial de la parte actora y la parte demandante CAROLINA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nª 14.679.754 y la parte demandada INSTITUTO DE ATENCIÓN Y DESARROLLO INTEGRAL DEL NIÑO LÍA IMBER DE CORONIL SRL, a través de su DIRECTOR GERENTE: SONNY JET KATIUSKA TORTORELLA DE ALMALEH, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad 6.084.629, asistida en este acto por ALEXIS FEBRES, inscrito en el inpreabogado bajo el número 17.069, en tal sentido, este Tribunal da por terminado el presente juicio y ordenará la remisión al Archivo Judicial del presente expediente una vez que conste en autos el pago definitivo. Déjese copia del presente auto. Finalmente, se deja constancia de que las partes debido a la transacción realizada no consignaron pruebas y que la trabajadora se encuentra presente y acepta los términos de la transacción. Así mismo, este Tribunal ordena la expedición de copias certificadas solicitas por las partes. CÚMPLASE. ASÍ SE ESTABLECE.
FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ
PARTE DEMANDANTE
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
MIGDALIA MONTILLA
|