REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA

EXPEDIENTE Nº 8478-09

SOLICITANTES: RAFAEL EMILIO ESTANGA MARTINEZ y MILAGROS COROMOTO BOLIVAR DE ESTANGA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.217.261 y V-7.190.678 respectivamente, asistidos por la Abogado NURIS V. CORONEL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.702.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

Con vista a la presente solicitud presentada en este Tribunal por Distribución en fecha Dos ( 02 ) de Junio de Dos Mil Nueve ( 2.009 ), por los SOLICITANTES, por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente.
Arguyen los SOLICITANTES, que desde el día Veinte ( 20 ) de Enero de Dos Mil Cuatro ( 2.004 ) surgieron problemas que no han podido solventar, existiendo ruptura prolongada por más de Cinco ( 05 ) años, es por lo que solicitan la disolución.
Igualmente declaran, que de la comunidad conyugal no adquirieron bienes que liquidar.
Vencidos como se encuentran los lapsos establecidos en la presente actuación, pasa este Juzgado a decir la misma con las siguientes consideraciones:




- I -
Este Juzgado a los fines de decidir la presente litis con conocimiento de causa observa:
Que de actas se constata que se dio cumplimiento a los trámites legales señalados, tal como consta en auto de fecha Veintiséis ( 26 ) de Junio de Dos Mil Nueve ( 2009 ), en el cual se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, el cual riela al folio 8 de estas actuaciones.
Corre al folio 12, diligencia suscrita por la Fiscal del Ministerio Público de fecha Cuatro ( 04 ) de Agosto de Dos Mil Nueve ( 2009 ), no haciendo ninguna objeción a este procedimiento interpuesto.

- II -