REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTES: MOISES JAVIER SANCHEZ CASTILLO y
MERCEDES ELENA QUINTERO LOPEZ DE SANCHEZ
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 10032-09
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 10 de Julio de 2009, los Ciudadanos MOISES JAVIER SANCHEZ CASTILLO y MERCEDES ELENA QUINTERO LOPEZ DE SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-6.192.972 y V-5.274.092 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en Ejercicio: MARCELA PAIVA BELANDRIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.798, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco (5) años están separados, y que de la unión conyugal procrearon una (01) hija la cual ya cuenta con su mayoría de edad.
En fecha 21 de Julio de 2009, este Tribunal admitió la referida solicitud y ordenó la notificación de la Fiscal Décima Segunda Auxiliar del Ministerio Público, quien mediante diligencia estampada en fecha 10-08-09, manifestó su conformidad al procedimiento de Divorcio fundamentado en el Artículo 185-A del Código Civil por cuanto se cumplieron los requisitos establecidos en la Ley.
PARA DECIDIR SE OBSERVA:
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, resultando procedente la solicitud de divorcio formulada.