En el día de hoy 25 de Septiembre de 2008, siendo las 011:00 a.m., comparecen por ante este despacho los ciudadanos CIRO PEROZO, BERNARDO BEATO GONZALEZ, JOSE POMPILIO RODRIGUEZ OROZCO supra identificados, en su condición de parte oferida, los cuales se presentan debidamente asistidos por el Abogado EDGAR JAVIER HIGUERA LIZCANO, todos supra identificados, y por la parte oferente comparece la apoderada Judicial Abogada GILMA BETTY ROSS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 15.698, tal como consta en autos en los filos 5 y 6 del presente expediente, a los fines de solicitar ambas partes a la ciudadana Jueza la anticipación de la Audiencia Preliminar Inicial, por cuanto ellas han llegado a un acuerdo transaccional, previa manifestación de la renuncia de los lapsos de Ley, de acuerdo a la fase en la que se encuentra el presente asunto; lo que es acordado por la ciudadana Jueza. En éste estado la ciudadana Jueza declara abierto el acto, donde le pregunta a la parte oferida si están conformes con la cantidad consignada por la empresa oferente SEGURIDAD JOS C.A.; a lo que la parte oferida responde con la debida asesoría jurídica del abogado asistente, que si están conformes y en consecuencia acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el montos ofrecidos y la forma de pago; expresando igualmente los oferidos que la oferente no le adeuda concepto ni monto alguno por la prestación del servicio, que renuncian y desisten de las acciones contra el patrono, y lo exoneran de responsabilidad al mismo respectote las los obligaciones que tenían con la parte patronal como consecuencia de la extinta relación laboral. Por lo que este Tribunal ordena la entrega de los cheques por las cantidades ofertadas a cada uno de los oferidos los cuales dan una suma total de de la cantidad oferida de SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. F. 7.541,78), dicho monto están reflejados en los cheques a nombre de los oferidos y por los montos que se especifican seguidamente para CIRO PEROZO Nro. De cheque 73023003 por Bs.1.920,49; y otro a su favor Nro. 67022278 por la cantidad de Bs. 633,47; para BERNARDO BEATO GONZALEZ los cheques Nros. 23023072 y 11024154 por las cantidades respectivas de Bs. 1.920,49 y 573,42, y para JOSE POMPILIO RODRIGUEZ OROZCO los cheques cuyos Nros. Son 11023013 y 01022310, cuyos montos respectivos son: Bs.1.920,49 y Bs. 573,42.